Centro Educativo de Nivel Terciario C.E.N.T. N° 74 "Convenio A.T.S.A." 

 

Misión:

El CENT Nº74 tiene como misión formar en la modalidad Técnico- Profesional de Nivel Superior técnicos destacados por su excelencia, conocimientos , aptitudes, actitudes y destrezas, así como valores, compromiso y eficiencia en el desempeño de sus funciones en carreras vinculadas al área de la salud.

Visión:

Ser reconocidos como Institución de Nivel Superior no Universitaria, a la vanguardia en la formación integral de profesionales técnicos del área de salud, mediante la interacción colaborativo entre sus integrantes, incorporando adelantos de la ciencia, la tecnología y la informática

 

Esta Institución ofrece las siguientes ofertas educativas:

Esta Institución ofrece las siguientes ofertas educativas: 

 

 

DEL INGRESO de los ALUMNOS de acuerdo al RAI Institucional

Art. 2. El CENT Nº74 de la provincia de Tucumán, garantizará igualdad de oportunidades de acceso, permanencia y egreso a los estudiantes que aspiren a cursar estudios de Nivel Superior en sus diferentes Ofertas y localizaciones

Art. 3 : El CENT N° 74 establecerá mecanismos y requisitos de ingreso acorde a nuestros recursos edilicios, administrativos y académicos.

Art.4.- Previo inicio del ciclo lectivo, el CENT N° 74 ofrecerá a los aspirantes un curso-taller de carácter propedéutico y cursado obligatorio destinado a coadyuvar al logro de las habilidades y conocimientos previos que serán evaluados a la finalización del mismo, según calendario. Este curso taller deberá abordar los campos de Formación General, Específica y de Práctica Profesional y estará a cargo de los docentes de la institución.

Comenzará la primera quincena del mes de febrero de cada año calendario, su plazo no excederá más de cuatro semanas de duración. El equipo docente encargado de la implementación del Taller Propedéutico tendrá una estructura básica constituida por un coordinador y los docentes de la institución. El coordinador y los docentes serán afectados de acuerdo a su carga horaria.

Los alumnos deberán acreditar las condiciones académicas requeridas según la oferta formativa de la que se trate y un mínimo de 80% de asistencia, y aprobar las áreas curriculares básicas con seis (6), para ser admitidos como alumnos del CENT Nº74.

 

Art. 5.- Requisitos para el ingreso: los aspirantes a realizar carreras en el CENT Nº74 deberán cumplir con los siguientes requisitos que deberá obrar en el legajo del estudiante con fecha anterior al primer turno de examen

Ø Certificado Analítico de estudios secundarios: emitido por entidad autorizada y competente y legalizado por el Ministerio de Educación (en caso de no haberse emitido aún, se dispondrá de un plazo de espera igual al que permita el cronograma académico en vigencia que surja del Ministerio de Educación de la Provincia)

Ø Fotocopia del DNI 1° y 2° hoja.

Ø Ficha de inscripción general: será gestionada por el alumno en secretaría académica, donde se especifique datos personales, carrera.

Ø Ficha de inscripción del curso y realizado por unidades curriculares, debiéndose inscribir en la fecha estipulada por la Institución respetando el sistema de correlatividades vigentes para cada carrera.

Ø 2 fotos 4X4.

Ø Certificado de Buena Conducta.

Ø Certificado de Residencia.

Ø Certificado de Aptitud Psicofísica emitido por ente oficial.

Ø Carnet de Vacuna de Hepatitis B y tétanos.

Ø Acta compromiso: deberá ser leída, comprendida y firmada en consentimiento a las pautas institucionales que rigen su convivencia. Esta tiene carácter de DDJJ.

Ø Asistencia y aprobación del taller Propedéutico.

Ø Recibo de pago de Seguro Escolar.

Para alumnos extranjeros: los aspirantes extranjeros deberán presentar toda la documentación requerida en el artículo precedente, cumplimentando además los siguientes requisitos:

- Titulo Secundario del país de origen, certificado por el Ministerio de Educación, y refrendado por el Consulado Argentino que corresponda y convalidado por el Ministerio de Educación de la Nación Argentina.

- Para los casos en los que el idioma del país de origen difiera del castellano, deberá acompañar al respectivo Titulo Secundario por una Traducción Certificada por Traductor Público Nacional Matriculado, y su firma convalidada por el Colegio de Profesionales correspondiente.

Art. 6- Para los alumnos del primer año, será obligación inscribirse en todas las materias del primer ciclo por Unidad Curricular, a principio del año lectivo.

Art. 7- Para los alumnos de 2º y 3º año, se habilitarán dos turnos de inscripción. A principio de año, para todas las materias cuatrimestrales y anuales. Y antes de que inicie el segundo cuatrimestre, solo para materias pertenecientes a este período del año académico, en la medida que se encuentren en condiciones de hacerlo según el sistema de correlatividades vigente para cada Oferta.

Art. 8.- Los alumnos deberán inscribirse en las fechas establecidas por la Institución respetando el sistema de correlatividades vigentes para cada carrera